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![]() La creación del Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CETI) es fruto de un esfuerzo conjunto de organizaciones públicas y privadas motivadas por el respeto hacia la niñez y la necesidad de implementar acciones concretas en la lucha por la erradicación del trabajo infantil.
A partir de la realización de la Marcha Global contra el Trabajo Infantil, llevada a cabo en todos los países del mundo, y celebrada en Uruguay el 5 de marzo de 1998, se comenzó a revitalizar y coordinar la acción de todas las instituciones públicas y privadas que entre sus cometidos comparten la erradicación del trabajo infantil. El 28 de setiembre de 1990, el Gobierno de Uruguay ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. El artículo 32 de esta Convención expresa que los Estados partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. En abril de 1998, fue convocado con carácter no institucional el Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil integrado por representantes del sector gubernamental, de empleadores, trabajadores y ONGs, fijándose metas y objetivos coincidentes con la Declaración adoptada en Uruguay el 5 de marzo de 1998. En sus esfuerzos por erradicar el trabajo infantil, el 27 de agosto de 1999, el Estado uruguayo suscribe una Carta Intención entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Allí se establece el compromiso del gobierno de promover las condiciones que permitan progresivamente controlar, restringir y prohibir el trabajo de los niños, garantizando el pleno respeto de las normas internacionales de trabajo relativas a la edad. Posteriormente, se crea mediante el Decreto 367/2000 y con carácter permanente, el Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, adscripto al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, bajo su presidencia y la Secretaría Técnica del INAU. Marco ReferenteConvención de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Art. 32, ratificada por Ley Nº 16.137 de 28 de Setiembre de 1990. Asesores Permanentes
INTEGRANTES DEL COMITÉ NACIONAL PARA LA ERRADICACIÓN DEL TRABAJO INFANTIL URUGUAY
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| Última actualización en Miércoles, 30 de Mayo de 2012 19:25 |
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Ceti Uruguay |
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